La respuesta es un categórico NO; por lo menos en la actualidad y en la normativa tributaria boliviana. Aunque es posible que alguna autoridad del Gobierno o algún asambleísta pretenda cargar con tributos especiales a las transacciones comerciales realizadas a través de Internet con el fin de solventar algunos gastos del aparato estatal. Según la normativa boliviana vigente, todas las transacciones comerciales –independientemente del medio por el que se realicen– ya están sujetas al pago de tributos como son el IVA, IT e ICE. Del mismo modo, las importaciones de bienes también están cargadas con el pago de aranceles de importación; en cambio, las exportaciones están exentas de pago de tributos. En síntesis, cualquier tributo especial o adicional por la compra-venta de productos y servicios mediante Internet, sería contraproducente para el desarrollo del comercio electrónico
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